Acoso Laboral - Mobbing
La Organización Internacional del Trabajo define el acoso
laboral como la acción verbal o psicológica de índole
sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar
de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un
grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o
amedrenta.
Las situaciones de acoso laboral, normalmente, se nutren de las relaciones asimétricas de poder entre las diferentes personas que conforman el espacio de trabajo y puede ser ejercido por quienes ostentan cargos de jefatura, por quienes tienen un rango laboral similar a la persona hostigada, por ambos o en casos raros, por personas subordinados hacia su Supervisor.
Es un problema que afecta el corazón mismo de la relación laboral, causando problemas de efectividad, ejecución del trabajo, pero, sobre todo, daño psicológico en la víctima (OIT 2011).
Las principales características del acoso laboral son:
- La intencionalidad: tiene como fin minar la autoestima
y la dignidad de la persona acosada.
- La repetición de la agresión: se trata de un comportamiento
constante y no aislado.
- La longevidad de la agresión: el acoso se suscita durante
un período prolongado.
- La asimetría de poder: la agresión proviene de otro
u otros quienes tienen la capacidad de causar daño.
Formas del Acoso Laboral
- Acoso Psicológico: situación en la que una persona o grupo de personas ejercen un maltrato modal o verbal, alterno o continuado, recurrente y sostenido en el tiempo, sobre un trabajador buscando desestabilizarlo, aislarlo, destruir su reputación, deteriorar su autoestima y disminuir su capacidad laboral para poder degradarlo y eliminarlo progresivamente del lugar que ocupa. El acoso psicológico puede presentarse en tres modalidades: de forma combinada o secuencial, por ejemplo una trabajadora puede ser víctima de acoso sexual y, al no concretarse, deriva en un acoso psicológico como represalia a su negativa
- Acoso Sexual: es toda conducta o comentario reiterado con connotación sexual no consentidos por quien los recibe. Este acoso condiciona o perjudica el desempeño laboral, creando un entorno intimidatorio y humillante para el trabajador.
- Agresión Física: es toda conducta que directa o indirectamente esté dirigida a ocasionar un daño físico sobre el trabajador o la trabajadora.
- Ciber Acoso: implica "el hostigamiento virtual, intencional y continuo contra un individuo o grupo, que se lleva a cabo a través de medios tales como el correo electrónico, las redes sociales, los blogs, la mensajería instantánea, los mensajes de texto, los teléfonos móviles y los websites". En el ámbito laboral, el damnificado muchas veces ni siquiera se entera de que se lo está atacando pero percibe las consecuencias: puertas que se cierran, miradas recelosas y frialdad por parte de interlocutores, antes amistosos, que se vuelven esquivos de un momento a otro. La víctima se debate entre conservar su puesto o sufrir el maltrato.
Diez comportamientos más frecuentes que evidencian la existencia del acoso laboral psicologico
- Asignar trabajos sin valor o utilidad alguna.
- Rebajar a la persona asignándole trabajos por debajo de su capacidad profesional o sus competencias habituales.
- Ejercer contra la persona una presión indebida o arbitraria para realizar su trabajo.
- Evaluar su trabajo de manera inequitativa o de forma sesgada.
- Desvalorar sistemáticamente su esfuerzo o éxito profesional o atribuirlo a otros factores o a terceros.
- Amplificar y dramatizar de manera injustificada errores pequeños o intrascendentes.
- Menospreciar o menoscabar personal o profesionalmente a la persona.
- Asignar plazos de ejecución o cargas de trabajo irrazonables.
- Restringir las posibilidades de comunicarse, hablar o reunirse con el superior.
- Ningunear, ignorar, excluir o hacer el vacío, fingir no verle o
hacerle 'invisible'